Escrito por 12:30 Opinión

Cara Meloni, così no, por Franco Consoli

¡Nace el feminicidio en Italia! O al menos legalmente ahora existirá esa figura. Esto después de que la Cámara de Diputados del Parlamento Italiano aceptara por unanimidad la introducción de este supuesto delito dentro del Código Penal italiano, el cual, además, castigarán con cadena perpetua.

La primera ministra italiana, Giorgia Meloni, por quien yo voté, consideró esta aprobación como “una señal importante de unidad en la política contra la barbarie de la violencia contra las mujeres”. Sin embargo, debo decirle que en esta oportunidad está más que equivocada. Porque el Parlamento italiano acaba de ser víctima de un viejo acto del progresismo para reconocer un delito que en realidad fue inventado por la izquierda internacional.

Que les duela a las feministas, pero el feminicidio, no existe

¡Una barbaridad! estarán diciendo algunos, sin embargo, es la verdad. El feminicidio no existe porque es imposible. El matar a una mujer por su condición de tal no es algo que suceda. Porque bajo esa premisa, entonces el “feminicida” mataría a cada mujer que ve, sea una desconocida, o sea su novia, su hermana o su madre, porque el único factor mediante el cual discrimina el enfocarse en una víctima serían el sexo de esta, no habría, por ende, otro condicionante del delito.

No hay hombres saliendo a la calle a golpear o matar mujeres por el simple hecho de ser mujeres. Como sí sucede en Nigeria que salen a matar cristianos por el hecho de ser cristianos, o como sucedía el siglo pasado en Estados Unidos con el Ku Kux Klan que mataba a afroamericanos por el hecho de ser afroamericanos.

Lamentablemente, sí existe violencia contra la mujer, pero no depende de una condición de género. Ese no es el móvil del asesino. La realidad, es que gran mayoría de los feminicidios, son en realidad crímenes pasionales, que sin duda alguna deben ser sancionados, pero estos son cometidos por otros factores más allá del sexo de la víctima.

El feminicidio es una diversificación del homicidio, que se basa únicamente en un factor subjetivo. Si vemos otros delitos, donde se comete un homicidio, a la víctima no se le atribuye una condición subjetiva, sino una plenamente objetiva. En el parricidio al homicida se le condena por asesinar a un ascendiente o un descendiente o a su esposo o esposa. El infanticida es aquel que mata a su hijo durante el parto o de neonato. El fratricida es aquel que mata a su hermano. En el delito del aborto se condena a quien mató a un ser humano antes de nacer.

En todas estas diversificaciones del homicidio, la variable es un factor objetivo, lo que no puede decirse en el caso del feminicidio.

Repito, si el matar a la mujer por su condición de ser mujer, significaría que el asesino mataría a cualquier mujer que ve, sin importar que sea su madre, hermana, esposa, hija o una desconocida. Las mataría por el hecho de ser mujeres.

¿Eso acaso sucede?

Sabias fueron las palabras del jurista argentino Eugenio Zaffaroni, quien negó rotundamente la existencia del feminicidio. “El homicidio por odio se produce contra las minorías. La característica que tiene es que no importa el individuo. Hay dos lesiones: una al muerto y otra, por el metamensaje, a toda la colectividad. Y acá en la Argentina nadie sale a la calle a matar a una mujer porque es mujer. Es una locura, no existe”.

“Nadie sale a la calle a matar a una mujer por ser una mujer”.

Irrefutable la postura de Zaffaroni, reconocido penalista. Para hablar de feminicidios, tendrían que haber “nazis” matando a mujeres por la calle. Si eso no sucede entonces estamos tipificando mal el delito.

Un delito utilizado por años por los progresistas y las feministas -esos que ahora no se atreven a definir a la mujer- para abogar por los “derechos” de las mujeres oprimidas, armar su lobby y establecer sus ONGs.

Lamentablemente el gobierno italiano ha caído en esta trampa y creyendo que están favoreciendo a la mujer, lo único que están haciendo es caer en uno de los tantos caballos de troya del progresismo, adulterando así, su normativa penal.

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Etiquetas: , , , , , , , Last modified: 7 de diciembre de 2025
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