Escrito por 23:47 Opinión

Justicia militar, por Patricio Krateil

Cada cierto tiempo, el debate sobre la justicia militar vuelve a ocupar el centro de la discusión pública. Para algunos, ampliar su competencia equivale automáticamente a abrir la puerta a la impunidad. Sin embargo, esa conclusión parte de una premisa equivocada, pues se confunde a la institución con la forma en que puede ser administrada.

La justicia militar no es una anomalía peruana. Por el contrario, existe en la mayoría de democracias desarrolladas. Estados Unidos, Reino Unido, Canadá, Australia, Alemania y un largo etcétera, estas mantienen jurisdicciones militares especializadas para juzgar conductas relacionadas con el servicio, la disciplina y las operaciones de sus fuerzas armadas. Ninguno de esos países considera que la sola existencia de un fuero militar sea incompatible con su Estado de derecho.

La razón es sencilla. La función militar y policial posee características que difícilmente pueden ser comprendidas desde una jurisdicción completamente ciudadana y ajena a la realidad operativa de estas fuerzas. Decisiones tomadas en segundos, empleo gradual de la fuerza, reglas de enfrentamiento, cadenas de mando y operaciones de alto riesgo requieren un conocimiento técnico que no siempre posee un juez ordinario, pues precisamente este se dedica al juzgamiento de los órdenes comunes de una sociedad. Precisamente por ello existen tribunales especializados, son cortes con conocimiento de causa.

Ahora bien, es cierto que toda institución puede convertirse en un instrumento de abuso si carece de controles adecuados, pero del mismo modo que también lo puede ser la propia justicia ordinaria, que, dicho sea de paso, ha producido decisiones arbitrarias, demoras interminables y graves errores justamente cuando se trató de juzgar a muchos militares y policías durante las décadas de los 80s y 90s.

Con la justicia militar pude ocurrir exactamente lo mismo, es verdad. Pero no porque sea militar, sino porque toda institución humana es proclive a ser corrompida. Si un tribunal militar actúa con falta de independencia, protege indebidamente a responsables o excede las competencias que la ley le asigna, el problema no es la existencia de la jurisdicción especializada, sino la calidad de quienes la administran. No es el que sino el cómo. Eso es lo que la izquierda parece no aceptar respecto a la última normativa propuesta.

Por otro lado, la experiencia internacional demuestra que los modelos más exitosos no eliminan la justicia militar, sino que la delimitan claramente en función de la evolución del derecho y sus nuevos diseños.

En el caso peruano, la discusión no debería reducirse a una confrontación ideológica entre “impunidad” y “derechos humanos”. Es falso que la justicia peruana ordinaria este exenta de cualquier acto deliberado en desmedro de las fuerzas del orden, como venimos diciendo, como toda institución puede caer en los vicios humanos más populares y conocidos.

Un país que enfrenta crimen organizado y terrorismo remanente necesita instituciones capaces de actuar con seguridad jurídica. Si policías y militares perciben que cualquier decisión operativa puede derivar en procesos prolongados sin que se valore adecuadamente el contexto de sus actuaciones, el resultado puede ser una fuerza pública menos eficaz y efectiva.

Además, es un poco tedioso repetir nuevamente que, por más de dos décadas, la izquierda con sus fiscales y jueces, han hecho una cacería de brujas a muchos hombres que dieron su vida por el Perú, como el caso Chavín de Huántar donde algunos comandos y altos mandos militares fueron investigados por la presunta ejecución extrajudicial a unos miembros del MRTA, que valgan verdades nunca tuvo una sola prueba fehaciente de dicho acto.

En 2012, el Poder Judicial absolvió a los principales procesados al no encontrar pruebas de una orden o política de ejecuciones; no obstante, igual los juicios y hostigamientos fueron eternos.

¿Eso también es justicia? ¿Por qué, en esos casos, la izquierda no cuestiona que las decisiones judiciales puedan estar influenciadas por interpretaciones subjetivas o sesgos?

Por ende, la pregunta en cuestión no es si debe existir justicia militar o no. Esa discusión ya fue resuelta hace décadas en la mayoría de países democráticos. La verdadera pregunta es cómo diseñar una justicia militar técnica, pues nuestra justicia ordinaria no se caracteriza por serlo y quizás, por ello, la mejor forma de limpiar la cancha sea habilitando un foro militar capacitado.

Lo que si hay que entender es que la mayoría de instituciones no son buenas o malas per se. Lo que determina su legitimidad es la calidad de quienes la integran y las reglas bajo las cuales actúan, algo que por muchos años nuestra justicia ordinaria que interpela a todos los peruanos no alcanzo y estuvo tan lejos de la virtuosidad como de la decencia. 

Compartir esta nota:

Facebook X LinkedIn WhatsApp
Patricio Krateil

Patricio Krateil

Columnista

Ver todos sus artículos →
Last modified: 5 de julio de 2026
Close