OpiniónLunes, 23 de octubre de 2023
La Institucionalidad Económica, por Carlos Dávila
Carlos Dávila
Economista y director de la Asociación para la Educación Económica en los Andes

Los procesos de mercado no flotan, requieren sólidos cimientos institucionales para funcionar de manera adecuada, potenciar su desempeño y beneficiar a quienes participan directa o indirectamente en ellos.

Si bien es cierto, los economistas clásicos les otorgaron un rol protagónico a los derechos de propiedad en el proceso de crecimiento y desarrollo económico; y que "recientemente" la economía convencional ha empezado a tomarlos en cuenta en sus sofisticados modelos, siempre es necesario puntualizar algunos aspectos.

El término "Derecho de Propiedad" hace referencia a la potestad de un propietario de utilizar un bien o activo para su consumo y/o generación de ingresos. También incluye la posibilidad de transferirlo a otra parte, en forma de venta, donación o legado.

Un derecho de propiedad también suele transmitir la capacidad de relacionarse con otras partes alquilando, pignorando o hipotecando un bien o activo.

La literatura sobre el crecimiento económico se ha centrado tradicionalmente en el ahorro y la acumulación de capital. Sin embargo, el enfoque institucional ha puesto en el centro de la reflexión la preocupación por los derechos de propiedad.

Tal como los concibió Douglas North, las instituciones son las reglas del juego en una sociedad, o más formalmente, son las restricciones concebidas por el hombre que dan forma a la interacción humana. En consecuencia, (las instituciones) estructuran los incentivos en el intercambio humano, ya sean políticos, sociales o económicos.

Desde este punto de vista, los derechos de propiedad son un elemento importante de la estructura institucional de una economía. Asimismo, impulsados por fuerzas económicas y políticas, los derechos de propiedad evolucionan con el tiempo. Por lo tanto, un análisis de los derechos de propiedad (individuales y/o colectivos) requiere considerar los acuerdos formales e informales que garanticen su definición y respeto.

Desde 2007, la Alianza por los Derechos de Propiedad (Property Rights Alliance) elabora el Índice Internacional de Derechos de Propiedad (International Property Rights Index), ofreciéndonos una visión detallada e internacional sobre la solidez de los derechos de propiedad física, intelectual y los entornos legales y políticos que los hacen cumplir.

La edición de este año consideró a 125 países que representan el 93,4% de la población y el 97,5% del PIB mundial.

A nivel general, los resultados más destacados muestran la existencia de correlaciones fuertes de los derechos de propiedad con otros indicadores como el Índice Global de Emprendimiento (Global Entrepreneurship Index), Índice de Preparación para la Conexión en Red (Networked Readiness Index), Índice Global de Innovación (Global Innovation Index) e Índice del Trilema Mundial de la Energía (The World Energy Trilemma Index); ratificando así el papel crucial de los derechos de propiedad en el impulso de la libre empresa e insistiendo en la idoneidad y pertinencia de esta institución para las sociedades emergentes.

A nivel particular y tomando en cuenta que los puntajes varían entre 0 y 10, los cinco países que lograron la mayor puntuación son: Finlandia (8,1), Singapur (8,0), Países Bajos (7,9), Dinamarca (7,8) y Nueva Zelanda (7,8). Mientras que Venezuela (1,9), Yemen (2,4), Haití (2,7), Congo (3,1) y Chad (3,1) ocuparon los peores lugares en cuanto a la defensa de los derechos de propiedad. Nuestro país obtuvo 4.4 puntos y se ubica en el puesto 87.

Este resultado exhibe el poco interés que reciben los Derechos de Propiedad no solo por parte de las autoridades y sus funcionarios, sino también desde la academia y la prensa; incluso algunos, por razones estrictamente ideológicas, los desprecian.

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