OpiniónJueves, 14 de marzo de 2024
¿Debe existir el sueldo mínimo?, por Franco Consoli
Franco Consoli
Analista político

Muchos cuestionan la necesidad de un sueldo mínimo. Aseguran que el Estado no debería forzar a los privados a pagarles un monto mínimo a sus trabajadores, ya que el valor de su trabajo debería ser reflejado por el mercado y por la importancia y necesidad de su labor. Además, argumentan que aquella imposición salarial por parte del Estado solo genera más informalidad. El mismo Mises señaló que esta medida solo generaría desempleo. Sin embargo, aquella tesis liberal si bien puede ser un razonamiento correcto, considero que confía demasiado en la buena fe del empresario y soslaya la realidad de algunos países como el Perú.

El sueldo mínimo, al menos en el Perú, es necesario. Pero para explicar el punto necesito primero remitirme a la función del derecho laboral peruano. Si bien el derecho laboral sirve para proteger, principalmente, al trabajador, la realidad dista de su función original.

En el país la legislación laboral es reaccionaria. Más que garantizar los derechos laborales de los trabajadores, en realidad lo que hace es permitirles reaccionar frente a un abuso. La relación laboral, a diferencia de otras relaciones legales, es dispareja. El trabajador se encuentra subordinado al empleador, y en muchos casos depende completamente de él. La vida del trabajador puede depender de su trabajo y ante ello se encuentra bajo el poder del empleador. Esta dependencia, en muchos casos puede generar, y genera abusos a la parte subordinada. Y, por más que el derecho laboral debería prevenir abusos, como por ejemplo que el trabajador trabaje horas extra sin recibir una remuneración adicional, la necesidad económica por parte del trabajador puede conllevar que antes de defender sus derechos como tal, agache la cabeza y se someta al abuso. ¿Por qué? Porque si no lo despiden, arbitrariamente, probablemente sin respetar el procedimiento adecuado según la ley. Un despido que, si lo lleva a juicio, probablemente lo gane, recibiendo su compensación adecuada o siendo reinsertado en el puesto. No obstante, ¿qué hace el trabajador en esos 2, 3 o 4 años que dura el juicio? ¿Podrá conseguir trabajo frente a la escasez? ¿Podrá pagar un abogado? ¿Sabrá que su despido no fue legal?

La realidad es que antes de que el trabajador se someta a la incertidumbre del desempleo, y con ella a su familia también, preferirá hacer caso a las exigencias de su empleador. Sean justas o no.

Es por situaciones como esta que el sueldo mínimo no puede ser eliminado de nuestra legislación. Centrándonos únicamente en el sector formal -del informal podemos hablar más adelante- si se le permitiese al empleador pagar menos del sueldo mínimo, probablemente lo haría.

Para reflejar mi tesis, quiero mostrar un ejemplo que se dio aquí en el Perú. Durante el tiempo de la pandemia, el gobierno les permitió a los privados aplicar una medida que se llamó suspensión perfecta, la cual facilitó a muchas empresas suspender los labores sus empleadores debido a la crisis. Medida que fue utilizada para evitar gastos de personal que no necesitarían, dado que el negocio estaría cerrado, no operarían o lo harían online, sin la necesidad de todos sus trabajadores. Muchos se acogieron a esta lo que conllevó que muchos vean suspendido su empleo.

Aún así, otros negocios encontraron otra vía, aún mejor que la suspensión perfecta para deshacerse -y sí enfatizo en esa palabra- de sus trabajadores. Ciertos colegios, no precisamente los pequeños con poco alumnado y pensiones bajas, sino todo lo contrario, a los que lamentablemente no puedo mencionar, tomaron esta vía alterna, por más que sus ingresos no es que se hayan reducido notoriamente. Se les acercaron a sus trabajadores, es decir, profesores, auxiliares, personal, etc. y los invitaron a auto licenciarse. En otras palabras, les dijeron que debían pedir una licencia sin goce de haber por un año, para no tener que pagarles sus sueldos. Y con 24 horas para firmar. Con la educación virtualizada pudieron darse ese lujo con sus docentes, ya que después unían los salones de clase, juntando dos salones de 20 en uno de 40 por ejemplo, reduciendo así la necesidad de profesores, así como también la calidad de la educación proporcionada.

¿Qué pasaba si se negaban? Los despedían. Así, en plena pandemia, con gente muriéndose y una inmensa escasez de trabajo. ¿Qué podían hacer los profesores? ¿Abrir un sindicato? ¿Ir a los medios? No tenían ni 24 horas. Y fue así como fueron coaccionados a firmar. Era eso o perder su trabajo. Ser un licenciado indefinido o ser un desempleado en pandemia.

Este caso (que de seguro en otros campos habrá más) refleja como cuando el Estado les permitió a los privados obviar pagar sueldos, ellos, automáticamente, lo hicieron. Ahora imaginemos que se eliminaran los sueldos mínimos. ¿No se realizará lo mismo? ¿Dónde queda el rol protector del Estado frente a los trabajadores? Sí se eliminaban, lo más probable es que veríamos sueldos legales de 500 soles. Y claro, si no tomas tú ese sueldo, siempre habrá otro en la lista. Por más que, con ese monto no podemos decir que se puede vivir dignamente. No obstante, con los índices de pobreza que hay en el Perú, uno puede jugar con los sueldos, y la gente los toma. Eso pasa en el sector informal del país, el cual es mucho más grande que el formal, pero que a su vez actúa en contra de la normativa peruana, obviando el sueldo mínimo, engañando así al Estado. ¡El cual no crean que no lo hace también!

Podemos debatir si es correcto que se aumente o disminuya el salario mínimo, sin embargo, considero que es una figura indispensable para la protección del trabajador. Lamentablemente, no lo protegerá ex ante, pero sí servirá como defensa ex post, por las deficiencias de la fiscalización laboral en el Perú. Pero su eliminación solo conllevaría, haciendo un símil con los ejemplos planteados, a que los empleadores puedan jugar con las necesidades de quienes necesitan trabajar. Una realidad triste la que se vive, pero realidad en fin.

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