El Proyecto de Ley 1904/2024, presentado por el diputado Sóstenes Cavalcante, busca detener la barbarie de los abortos tardíos en Brasil. Básicamente sanciona penalmente al médico que practica el aborto después del quinto mes de gestación (22 semanas) con las mismas penas que un homicidio. La lógica es simple: matar a un niño que ya podría vivir fuera del útero de su madre constituye un verdadero infanticidio.
El PL 904/2024 busca enfrentar la escalada abortista del gobierno de Lula que ha adoptado la Clasificación Internacional de Enfermedades de la Organización Mundial de la Salud - OMS redefiniendo el aborto para incluir estos infanticidios. Actualmente, el Ministerio Público viene exigiendo a los médicos que practiquen el aborto en casos de violación durante los nueve meses de gestación. El debate en la Cámara de Diputados del PL 1904/2024 recién ha empezado y ya está recibiendo mucha oposición del oficialismo.
Hasta el año 2022, la OMS seguía la doctrina y la práctica médica que definía al aborto como "sacar un feto no viable del útero materno”. Independientemente de su moralidad o legalidad, esa era la definición. Pero a partir de la 11ª Clasificación Internacional de Enfermedades – CIE 11, documento actualizado cada década por la OMS que entró en vigor en 2022, se redefinió el aborto provocado como "la expulsión del feto, independientemente de la etapa de la gestación, a través de la interrupción intencional del embarazo, sin la intención de producir un nacimiento con vida”. Nótese que en esta segunda definición de la OMS se elimina el límite de la viabilidad que se estima en las 22 semanas de embarazo y se extiende el ámbito del “aborto”, provocado e intencional, hasta el mismo momento del nacimiento.
Así, repentinamente, sin hacer gran alarde y en la penumbra de los procedimientos de la OMS para redactar estos documentos, lo que antes era entendido como infanticidio pasó ahora a ser entendido como aborto.
Con este cambio semántico, ya no necesitarían cambiar ninguna ley sino solo aplicarlas con una nueva interpretación. De esa manera, las leyes que no castigaban o permitían el aborto hasta el quinto mes del embarazo, ahora pueden ser entendidas y aplicadas hasta el momento del parto. Y no fue ninguna casualidad. Dado que la propuesta del aborto como derecho ya está en marcha a nivel mundial, el esfuerzo de la OMS incluye también matar a un bebé durante los nueve meses del embarazo en este pretendido derecho.
Fue con base en esta nueva definición de la OMS que, de un momento a otro en Brasil, el Ministerio Público pasó a exigir a los médicos, bajo pena de proceso judicial, que practicaran el aborto en casos de violación (actualmente las leyes de Brasil no castigan el aborto por violación).
Por supuesto, esta nociva influencia no se limita a Brasil. Se trata de una imposición más de la OMS para todos los países y a pesar de todos los errores y excesos cometidos durante la pandemia COVID bajo la excusa de la salud pública mundial.
Antes del 2022, hasta los gobiernos de izquierda, como por ejemplo los de Lula y Dilma, prohibían matar a los niños por nacer interrumpiendo la gestación después de la viabilidad. La mujer con alguna complicación obstétrica o violada no necesitaba seguir con el embarazo después de las 22 semanas porque la vida del bebé ya es viable fuera del útero de su madre.
Por lo tanto, después de la 22ª semana de gestación, cuando ya existe la posibilidad de vida extrauterina, sacar a un bebé del vientre materno, no era conceptuado como un aborto antes del 2022. Si se salvaba la vida del bebé, era una anticipación del parto. Si era para matarlo, se trataba de un infanticidio. Era por esto que, entre otros motivos, las “Normas Técnicas del Aborto en Caso de Violencia” del Ministerio de Salud de Brasil prohibían la realización del aborto después de la 20ª semana de la gestación porque ya no se trata de un aborto. La ley no castiga el aborto en caso de violación, pero después de que el bebé es viable, se trata de un homicidio.
El PL 1904/2024 fue presentado para impedir este avance macabro de abortos tardíos que en realidad son infanticidios.
¿Estos abortos tardíos pueden ser equiparados con un homicidio? La respuesta es sí y el razonamiento es simple.
1. ¿Un bebé que puede sobrevivir fuera del útero es un ser humano? Sí.
2. ¿Matar a un ser humano es un homicidio? Sí. Es la propia definición de homicidio. Homicidio significa = hominis occisio = matar a un hombre.
3. Así que matar a un bebé que puede sobrevivir fuera del útero es un homicidio.
Los detractores del PL 1904 han recurrido, una vez más, a la narrativa “antiaborto = antimujer”, y están difundiendo la idea que una mujer violada (y que aborte a un niño viable) tendría más pena que el violador. Pero nada más alejado de la verdad. El PL 1904 establece que el juez podrá examinar cada caso y estará facultado para disminuir considerablemente la pena a la mujer o incluso suprimirla puesto que en la mayoría de estos casos la mujer es vulnerable por su desesperación, atenuante que no se aplica al médico. En realidad, los abortistas no protegen a la mujer, segunda víctima del aborto, sino a la industria del aborto y a sus operarios.
Lo que propone el PL 1904 no es una restricción de lo que la ley actualmente establece. Es más bien una medida para contrarrestar la escabrosa escalada de la imposición del aborto en Brasil desde 1989 hasta 2024. Y que hoy tiene a la OMS como aliado.
Si crees que debemos detener esta nefasta influencia de la OMS, puedes sumarte a la petición ciudadana que ha iniciado Population Research Institute para que Estados Unidos, principal contribuyente de la OMS, le retire sus fondos.
Accede a la petición aquí: https://pop.org/petition-to-defund-the-who/