Entre 2009 y 2020, el Instituto Nacional Materno Perinatal (INMP) —la emblemática ex Maternidad de Lima— realizó 385 abortos bajo la figura del “aborto terapéutico”. Sin embargo, la documentación disponible revela que muchos de estos procedimientos se efectuaron al margen del marco legal vigente. Lo más grave: varios se realizaron amparados en un protocolo interno, creado mediante una resolución directoral, que pasó por encima de la normativa del Ministerio de Salud (MINSA). Hoy, nuevas denuncias ciudadanas apuntan a una operación sistemática, con financiamiento extranjero, para imponer el aborto libre en el Perú.
Cabe recordar que el MINSA recién publicó su protocolo oficial de aborto terapéutico en 2014. No obstante, el INMP elaboró en 2020 su propia versión, mediante una norma de rango inferior, en la que incluyó “causales” no reconocidas legalmente, como el “peligro a la salud mental” o “malformaciones del feto”. Por tanto, lo que es indiscutible es que todos los abortos practicados entre 2009 y 2014 carecen de respaldo normativo y son indiscutiblemente ilegales.
Según el artículo 119 del Código Penal peruano, el aborto no se sanciona solo cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o evitar en su salud un mal grave y permanente. Además, el protocolo del MINSA exige la evaluación de una Junta Médica que vele tanto por la vida de la madre como por la del niño por nacer. Toda desviación de estos parámetros constituye una falta grave, ética y penal.
El Caso Mila
Uno de los casos más emblemáticos es el de una niña víctima de violación, conocida mediáticamente como “Mila”. La Junta Médica del Hospital de Loreto concluyó que su vida no corría peligro y que no se cumplían los criterios legales para practicar un aborto terapéutico. Sin embargo, la intervención de la entonces ministra de la Mujer, Nancy Tolentino, permitió su traslado precisamente al INMP en Lima, donde el aborto fue realizado el 10 de agosto de 2023 bajo el amparo de su propio “protocolo”.
Este caso encendió las alertas de organizaciones provida. A través del congresista Jorge Montoya, se solicitó la documentación del procedimiento. El Informe Médico N.º 82-SADO-INMP-2023 reveló que el aborto se autorizó con argumentos como “alto riesgo social” y “depresión moderada”. Ni la vida ni la salud física de la menor estaban en riesgo extremo, como exige la ley. Aún más revelador: apenas 13 días después del procedimiento, y tras recibir fluoxetina (antidepresivo), el INMP reportó una “franca mejoría en todas las esferas evaluadas”, evidenciando que no existía una amenaza real y grave para su salud. El aborto, por tanto, fue una violación clara de la ley.
Datos probatorios
A inicios de abril, la plataforma ciudadana Padres Peruanos remitió al Ministro de Salud César Vásquez más pruebas. Entre ellas figura un artículo publicado en la Revista Peruana de Investigación Materno Perinatal —firmado por el director del INMP y tres de sus altos funcionarios— en donde se presenta estos 385 abortos como si se tratara de abortos terapéuticos, en un intento de legitimar prácticas irregulares. Según lo afirmado por los autores, la mayoría de ellos fueron realizados en casos de malformaciones congénitas del feto y violación, supuestos que, según el artículo 120 del Código Penal peruano, no constituyen causales legales de aborto.
A inicios de abril, la plataforma ciudadana Padres Peruanos entregó al ministro de Salud, César Vásquez, nuevas pruebas. Entre ellas, un artículo de la Revista Peruana de Investigación Materno Perinatal —firmado por el director del INMP y tres altos funcionarios— en el que se presentan los 385 abortos como si fuesen todos “terapéuticos”. Según los autores, la mayoría se justificó por malformaciones fetales y violación; sin embargo, ninguna de estas causales está contemplada en el artículo 119 del Código Penal como motivos válidos para un aborto legal.
Todo esto responde a un plan más amplio. Así lo revela un informe del Population Research Institute (PRI), titulado “FIGO: Financiación de USAID y la promoción del aborto en Iberoamérica, África y Europa”. En él se exponen vínculos directos entre el INMP y la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO). Los abortos ilegales realizados por el INMP habrían sido la implementación concreta del proyecto “Comité de Aborto Seguro”, impulsado por FIGO desde 2018 en el Perú, con financiamiento de USAID —la agencia de cooperación del gobierno de EE.UU.— que ha sido cuestionada precisamente por subvencionar este tipo de iniciativas.
El objetivo del proyecto es claro: ampliar subrepticiamente las causales legales de aborto mediante acciones dentro del sistema de salud nacional. En la práctica, se logró establecer un protocolo paralelo que ignora las leyes peruanas.
¿Y el Ministro de Salud?
Pese a las evidencias, el ministro César Vásquez no ha derogado el protocolo del INMP. Sin embargo, el tema ya ha sido llevado al Congreso. En una reciente mesa de trabajo liderada por la congresista Milagros Jáuregui, representantes de Padres Peruanos y PRI —Daniel Armas y Carlos Polo, respectivamente— presentaron documentación que demuestra el nexo directo entre FIGO y las prácticas irregulares del INMP.
Ante esta situación, Padres Peruanos y PRI exigen al ministro medidas inmediatas:
Derogar el protocolo ilegal del INMP.
Iniciar una investigación independiente sobre la injerencia extranjera en decisiones sanitarias.
Aplicar sanciones penales a los responsables de estos abortos ilegales.
El caso del INMP pone en evidencia una crisis mayor: el debilitamiento del Estado de Derecho ante la presión de organismos internacionales con agendas ideológicas. La salud materna y el respeto a la vida no pueden ser instrumentalizados. La ciudadanía exige justicia, legalidad y un Estado que defienda su soberanía.